El Modelo 390 es la declaración resumen anual del IVA que deben presentar todos los empresarios y profesionales ante la Agencia Tributaria. Se trata de un documento informativo que recapitula todas las operaciones con IVA realizadas durante el ejercicio fiscal y que complementa las declaraciones trimestrales o mensuales del Modelo 303.
En Asesores SRJ, como asesoría fiscal especializada en Rivas Vaciamadrid, ayudamos a empresas y autónomos a cumplir con todas sus obligaciones tributarias, incluyendo la correcta presentación del Modelo 390. En esta guía completa te explicamos todo lo que necesitas saber sobre esta declaración para evitar errores y sanciones.
¿Qué es el Modelo 390 de Hacienda?
El Modelo 390 es la declaración-resumen anual del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). A diferencia del Modelo 303, que se presenta de forma trimestral o mensual con las autoliquidaciones periódicas, el Modelo 390 tiene carácter meramente informativo y recoge de manera consolidada todas las operaciones del año.
Este modelo permite a la Agencia Tributaria tener una visión global de tu actividad económica durante todo el ejercicio fiscal, cruzando la información con las declaraciones periódicas presentadas previamente. El Modelo 390 debe reflejar con exactitud el IVA devengado, el IVA soportado deducible y el resultado anual de tus operaciones.
Importante: El Modelo 390 NO sustituye a las declaraciones trimestrales del Modelo 303. Ambas obligaciones son complementarias y deben cumplirse de forma independiente.
La información contenida en el Modelo 390 debe coincidir exactamente con la suma de todos los Modelos 303 presentados durante el año. Cualquier discrepancia puede generar requerimientos de la Agencia Tributaria e incluso dar lugar a procedimientos de comprobación.
¿Quién está obligado a presentar el Modelo 390?
Están obligados a presentar el Modelo 390 todos los empresarios y profesionales que hayan realizado operaciones sujetas al IVA durante el ejercicio fiscal, independientemente del régimen tributario en el que se encuentren. Esto incluye:
Empresas y sociedades mercantiles
Todas las personas jurídicas (sociedades limitadas, sociedades anónimas, cooperativas, comunidades de bienes) que tributen en el régimen general del IVA deben presentar el Modelo 390 anualmente. Esta obligación aplica tanto si la empresa ha tenido resultados positivos como si ha declarado IVA a devolver.
Autónomos y profesionales
Los trabajadores por cuenta propia en régimen general de IVA también están obligados a presentar la declaración anual. Esto incluye a profesionales como abogados, consultores, arquitectos, médicos privados y cualquier otro autónomo que emita facturas con IVA.
Entidades sin ánimo de lucro
Las asociaciones, fundaciones y ONGs que realicen actividades económicas sujetas a IVA también deben cumplir con esta obligación, aunque estén parcialmente exentas de otros impuestos.
Grandes empresas en el SII
Las empresas acogidas al Suministro Inmediato de Información (SII) también deben presentar el Modelo 390, aunque su contenido será un resumen de la información ya remitida mensualmente a través del sistema telemático.
Excepciones importantes: No están obligados a presentar el Modelo 390 los contribuyentes acogidos al régimen especial del recargo de equivalencia, los que tributen exclusivamente por el régimen simplificado, ni aquellos cuya única actividad sea el arrendamiento de bienes inmuebles sujeto a retención.
Plazo de presentación del Modelo 390
El plazo para presentar el Modelo 390 finaliza el 30 de enero del año siguiente al ejercicio que se declara. Por ejemplo, para el ejercicio fiscal 2024, el Modelo 390 debe presentarse antes del 30 de enero de 2025.
Si el día 30 de enero cae en sábado, domingo o festivo, el plazo se extiende hasta el siguiente día hábil. Es fundamental cumplir con esta fecha límite, ya que la presentación fuera de plazo puede conllevar sanciones económicas y recargos.
A diferencia de otras declaraciones fiscales, no existen prórrogas ni extensiones para la presentación del Modelo 390. La Agencia Tributaria es especialmente estricta con este plazo, por lo que recomendamos preparar la documentación con suficiente antelación.

Cómo rellenar el Modelo 390 paso a paso
Rellenar correctamente el Modelo 390 requiere recopilar toda la información de tus operaciones con IVA del ejercicio completo. Te explicamos el proceso paso a paso:
Datos identificativos
Comienza completando tus datos fiscales básicos: NIF, nombre o razón social, domicilio fiscal y ejercicio al que corresponde la declaración. Asegúrate de que estos datos coincidan exactamente con los que figuran en el censo de la Agencia Tributaria.
Liquidación del ejercicio
En este apartado debes consignar el resumen de todas tus operaciones del año. Incluye las bases imponibles y cuotas de IVA devengado según los diferentes tipos impositivos (21%, 10%, 4% y tipos reducidos especiales). Suma todas las casillas correspondientes de tus Modelos 303 trimestrales.
IVA devengado en operaciones interiores
Declara todas las operaciones realizadas en territorio español. Diferencia entre el régimen general y los regímenes especiales que puedas aplicar (agricultura, ganadería, pesca, agencias de viajes, etc.). Cada régimen tiene sus propias casillas específicas en el formulario.
Adquisiciones intracomunitarias de bienes y servicios
Si realizas compras a otros países de la Unión Europea, debes incluirlas en este apartado. Indica tanto el IVA devengado por estas operaciones como el IVA soportado deducible que te corresponde, ya que funcionan con el mecanismo de inversión del sujeto pasivo.
IVA soportado deducible
Detalla el IVA que has pagado en tus compras y que tienes derecho a deducir. Incluye las adquisiciones corrientes, las inversiones en bienes de capital y las importaciones. Presta especial atención a las reglas de prorrata si realizas actividades exentas y no exentas de IVA.
Resultado de las liquidaciones
Calcula el resultado anual restando el IVA soportado deducible del IVA devengado. Este resultado debe coincidir con la suma de los resultados de todos tus Modelos 303. Indica si el resultado es a ingresar o a compensar (devolver).
Operaciones específicas
Incluye información sobre operaciones especiales como exportaciones, entregas intracomunitarias, inversión del sujeto pasivo, recargo de equivalencia (si aplica en alguna operación concreta), criterio de caja y otras operaciones que requieren un tratamiento diferenciado.
Para empresas que necesitan adaptar sus sistemas de facturación a las nuevas normativas, recomendamos consultar nuestra guía sobre VeriFactu y el sistema de facturación verificable, que complementa perfectamente la gestión del IVA.
Información adicional requerida en el Modelo 390
Además de la liquidación del IVA, el Modelo 390 solicita información complementaria sobre tu actividad económica:
Volumen de operaciones
Debes indicar el importe total de las operaciones realizadas durante el ejercicio, tanto las sujetas como las no sujetas o exentas de IVA. Este dato es crucial para determinar tu obligación de presentación mensual o trimestral del Modelo 303 en el siguiente ejercicio.
Operaciones con inversión del sujeto pasivo
Detalla las operaciones en las que el destinatario (no el proveedor) es quien debe declarar el IVA. Esto incluye servicios recibidos de profesionales o empresarios no establecidos en España, compras de determinados productos (chatarra, dispositivos móviles, consolas) y otros supuestos específicos.
Entregas de bienes inmuebles y operaciones financieras
Declara las operaciones con inmuebles y las actividades financieras que hayas realizado, aunque muchas de estas operaciones estén exentas de IVA. Esta información permite a Hacienda tener una visión completa de tu actividad económica.
Consejo profesional: Antes de rellenar el Modelo 390, revisa todas tus declaraciones trimestrales del año. Cualquier error detectado en un Modelo 303 previo debe corregirse mediante declaración complementaria ANTES de presentar el resumen anual.
Cómo presentar el Modelo 390 online
La presentación del Modelo 390 es obligatoriamente telemática para todos los contribuyentes. No se admite la presentación en papel ni en las oficinas de la Agencia Tributaria. El proceso es el siguiente:
Requisitos previos
Para presentar el Modelo 390 online necesitas disponer de un certificado digital válido, DNI electrónico o sistema Cl@ve. Si tu certificado ha caducado, consulta nuestra guía sobre cómo renovar el certificado digital para solucionar este problema rápidamente.
Acceso a la sede electrónica
Entra en la sede electrónica de la Agencia Tributaria y busca el servicio de presentación del Modelo 390 en el apartado de «Impuestos y Tasas» > «IVA» > «Modelo 390».
Cumplimentación del formulario
Puedes rellenar el formulario directamente online introduciendo los datos manualmente, o bien utilizar el programa de ayuda AEAT que puedes descargar desde su web oficial. El programa te permite guardar borradores y realizar cálculos automáticos que minimizan errores.

Firma y envío
Una vez completado el formulario, revisa cuidadosamente todos los datos antes de firmar electrónicamente. Tras la firma, el sistema generará un justificante de presentación con CSV (Código Seguro de Verificación) que debes guardar como comprobante.
Confirmación de presentación
Recibirás una confirmación inmediata de que la declaración ha sido registrada. Guarda este documento junto con una copia del Modelo 390 presentado para tus archivos contables y para futuras comprobaciones o auditorías.
Errores comunes al presentar el Modelo 390
Al rellenar el Modelo 390, muchos contribuyentes cometen errores que pueden derivar en requerimientos de Hacienda o sanciones. Estos son los más frecuentes:
Discrepancias con los Modelos 303
El error más común es que las cifras del Modelo 390 no coincidan con la suma de los cuatro Modelos 303 trimestrales. Esto suele ocurrir cuando se presenta una declaración complementaria de un trimestre pero no se actualiza el resumen anual.
Errores en la prorrata del IVA
Las empresas que realizan actividades exentas y no exentas deben aplicar la prorrata de deducción del IVA soportado. Calcular incorrectamente este porcentaje o no aplicarlo donde corresponde es un error frecuente que puede costar caro.
Omisión de operaciones intracomunitarias
No declarar correctamente las adquisiciones o entregas intracomunitarias es otro error habitual. Estas operaciones tienen un tratamiento especial y deben consignarse en las casillas específicas del modelo, aunque su efecto neto en la liquidación sea cero.
Incorrecta aplicación de regímenes especiales
Los contribuyentes acogidos a regímenes especiales (agricultura, recargo de equivalencia, criterio de caja) a veces confunden las casillas donde deben declarar sus operaciones o mezclan operaciones de distintos regímenes.
Olvidar operaciones no sujetas o exentas
Aunque no generen IVA a ingresar, las operaciones no sujetas o exentas deben declararse en el Modelo 390. Omitirlas puede hacer que el volumen de operaciones declarado no refleje la realidad de tu actividad económica.
¿Qué pasa si no presento el Modelo 390?
No presentar el Modelo 390 dentro del plazo establecido conlleva sanciones económicas que pueden ser significativas, especialmente para empresas con alto volumen de facturación:
Sanción por presentación fuera de plazo
Si presentas el Modelo 390 tarde pero sin requerimiento previo de Hacienda, la sanción será del 0,5% de las operaciones declaradas con un mínimo de 300 euros y un máximo de 6.000 euros. Esta sanción puede reducirse si presentas el modelo antes de recibir notificación de la Agencia Tributaria.
Sanción por no presentación
Si no presentas el modelo y Hacienda te requiere, la sanción se eleva al 2% de las operaciones con un mínimo de 600 euros y un máximo de 20.000 euros. En casos de reincidencia, las sanciones pueden incrementarse sustancialmente.
Recargos e intereses de demora
Además de la sanción fija, si como resultado del Modelo 390 resulta una cantidad a ingresar que no fue satisfecha en sus plazos trimestrales, se aplicarán recargos por extemporaneidad e intereses de demora sobre las cantidades no ingresadas.
Consecuencias adicionales
La no presentación del Modelo 390 puede tener otras consecuencias negativas: dificultades para obtener el certificado de estar al corriente de obligaciones tributarias, problemas en licitaciones públicas y mayor probabilidad de ser seleccionado para inspecciones fiscales.
Recomendación: Si detectas que has cometido un error en tu Modelo 390 ya presentado, puedes subsanarlo mediante una declaración complementaria lo antes posible. Cuanto más tiempo pase, mayores serán los recargos aplicables.
Modelo 390 y relación con otras declaraciones fiscales
El Modelo 390 forma parte de un conjunto de obligaciones fiscales interrelacionadas. Es importante entender cómo se conecta con otras declaraciones:
Relación con el Modelo 303
El Modelo 390 es un resumen consolidado de los cuatro Modelos 303 presentados durante el año. Los datos deben coincidir exactamente, por lo que cualquier error en un trimestre afectará al resumen anual.
Relación con el Modelo 347
El Modelo 347 (declaración anual de operaciones con terceros) y el Modelo 390 comparten información común. El volumen total de operaciones debe ser coherente entre ambos modelos, aunque el 347 detalla cliente por cliente mientras que el 390 presenta cifras agregadas.
Relación con el Modelo 349
Si realizas operaciones intracomunitarias, los datos del Modelo 349 (declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias) deben coincidir con los apartados correspondientes del Modelo 390.
Impacto en el Impuesto de Sociedades o IRPF
Las cifras del Modelo 390 deben ser coherentes con las declaradas en el Impuesto de Sociedades (Modelo 200) o en el IRPF (Modelo 100) según corresponda. Discrepancias significativas pueden generar alertas en los sistemas de la Agencia Tributaria.
Consejos profesionales para optimizar la presentación del Modelo 390
Desde nuestra experiencia en Asesores SRJ, te compartimos algunos consejos que facilitarán la gestión del Modelo 390:
Lleva tu contabilidad al día
Mantener un registro ordenado y actualizado de todas tus facturas emitidas y recibidas durante el año facilita enormemente la elaboración del Modelo 390. Utiliza software de contabilidad que automatice la clasificación del IVA.
Revisa trimestre a trimestre
No esperes a final de año para revisar tus declaraciones. Comprueba cada Modelo 303 inmediatamente después de presentarlo y corrige cualquier error mediante declaración complementaria antes de que se acumulen las discrepancias.
Archiva justificantes
Guarda todos los justificantes de presentación de tus Modelos 303 y del 390. En caso de requerimiento de Hacienda, estos documentos serán fundamentales para demostrar el cumplimiento de tus obligaciones tributarias.
Planifica con antelación
No dejes la presentación del Modelo 390 para el último día. Comienza a preparar la documentación en diciembre y revisa todo con calma durante las primeras semanas de enero. Esto te permitirá detectar y corregir posibles errores con tiempo suficiente.
Consulta con profesionales
Si tienes dudas sobre cómo declarar determinadas operaciones o si tu actividad es compleja (varios regímenes de IVA, operaciones internacionales, etc.), no dudes en consultar con una asesoría fiscal especializada que pueda guiarte.
Cómo puede ayudarte Asesores SRJ con el Modelo 390
En Asesores SRJ, entendemos que cumplir con todas las obligaciones fiscales puede resultar complejo y consumir mucho tiempo. Nuestro equipo de asesores fiscales en Rivas Vaciamadrid ofrece un servicio integral que incluye:
Revisión completa de tus declaraciones trimestrales para garantizar que toda la información esté correcta antes de elaborar el resumen anual. Elaboración profesional del Modelo 390 con todos los datos correctamente cumplimentados y verificados. Presentación telemática en tu nombre utilizando nuestros certificados digitales autorizados. Asesoramiento personalizado sobre optimización fiscal y planificación del IVA para el siguiente ejercicio.
No arriesgues tu negocio a sanciones por errores en declaraciones fiscales. Contacta con nosotros en el 91 632 45 67 o envíanos un email a info@asesoressrj.com y te ayudaremos a cumplir con todas tus obligaciones tributarias con total tranquilidad.
Preguntas frecuentes sobre el Modelo 390
¿Qué es el Modelo 390 y quién debe presentarlo?
El Modelo 390 es la declaración-resumen anual del IVA que deben presentar todos los empresarios y profesionales que tributan en régimen general del IVA. Es obligatorio para sociedades, autónomos y entidades que hayan realizado operaciones sujetas al IVA durante el ejercicio fiscal. A diferencia del Modelo 303 trimestral, el 390 tiene carácter informativo y recoge todas las operaciones del año de forma consolidada. Están exentos los contribuyentes en recargo de equivalencia y régimen simplificado exclusivamente.
¿Cuál es la fecha límite para presentar el Modelo 390?
El plazo de presentación del Modelo 390 finaliza el 30 de enero del año siguiente al ejercicio que se declara. Por ejemplo, para las operaciones de 2024, el modelo debe presentarse antes del 30 de enero de 2025. Si esta fecha cae en sábado, domingo o festivo, el plazo se extiende al siguiente día hábil. No existen prórrogas ni extensiones para este plazo, y la presentación fuera de plazo conlleva sanciones económicas y recargos.
¿Cómo se presenta el Modelo 390 de forma telemática?
La presentación del Modelo 390 es obligatoriamente online a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Necesitas un certificado digital válido, DNI electrónico o sistema Cl@ve. Accede al apartado de IVA, selecciona el Modelo 390, cumplimenta el formulario con todos los datos del ejercicio (puedes usar el programa de ayuda AEAT), revisa cuidadosamente la información, firma electrónicamente y envía la declaración. El sistema generará un justificante con CSV que debes conservar como comprobante.
¿Qué sanciones hay por no presentar el Modelo 390?
No presentar el Modelo 390 conlleva sanciones significativas. Si lo presentas fuera de plazo voluntariamente, la sanción es del 0,5% de las operaciones declaradas con mínimo de 300€ y máximo de 6.000€. Si Hacienda te requiere, la sanción sube al 2% de las operaciones con mínimo de 600€ y máximo de 20.000€. Además, si resulta cantidad a ingresar, se aplicarán recargos por extemporaneidad e intereses de demora. También puede dificultar la obtención de certificados fiscales.
¿Debe coincidir el Modelo 390 con los Modelos 303 trimestrales?
Sí, el Modelo 390 debe coincidir exactamente con la suma de los cuatro Modelos 303 presentados durante el año. Cualquier discrepancia generará alertas en los sistemas de la Agencia Tributaria y puede derivar en requerimientos de información o procedimientos de comprobación. Si has cometido errores en algún Modelo 303, debes presentar una declaración complementaria del trimestre correspondiente antes de presentar el Modelo 390 para que las cifras cuadren correctamente.




